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Perú ratifica el Protocolo de la OIT relativo al Convenio sobre Trabajo Forzoso

14 junio 2021

Perú es el 53° Estado miembro de la OIT en ratificar este Protocolo.

 Foto : Cañón del Colca, Perú (© Alain Rueff)

©lisakristine.com

El 18 de junio de 2021, el Gobierno de Perú ratificó el Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre Trabajo Forzoso, 1930 (núm. 29) , convirtiéndose en el 5° Estado de América latina y primero entre los países de la Comunidad Andina en ratificar este Protocolo.

El Protocolo requiere que los Estados adopten medidas eficaces para prevenir, sancionar y eliminar el trabajo forzoso en todas sus formas, incluyendo acciones para proteger a las víctimas y asegurar su acceso a la justicia y rehabilitación, con especial atención a las víctimas de la trata de personas.

La representante del Gobierno del Perú en Ginebra, Embajadora Silvia Alfaro Espinosa declaró: “La ratificación del Protocolo 2014 expresa la firme voluntad del Estado peruano para erradicar el trabajo forzoso y las formas contemporáneas de esclavitud en concordancia con las normas internacionales, al tiempo que reitera el compromiso asumido como país pionero de la Alianza 8.7, a fin de acelerar las políticas para erradicar el trabajo forzoso en cumplimiento de la meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Este es un gran paso para consolidar las bases de un marco normativo sólido que requiere de un posterior desarrollo y de recursos para su adecuada y oportuna implementación”.

El Director General de la Organización Internacional del Trabajo, Guy Ryder, saludó la voluntad política mostrada por el Gobierno del Perú y por los interlocutores sociales en la lucha contra todas las formas de trabajo forzoso y la protección de los principios y derechos fundamentales en el trabajo, lo cual es crucial para reconstruir nuestras sociedades durante y después de la pandemia.

El  Estado peruano, con el impulso de la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, y con la asistencia técnica de la OIT a través del Proyecto Bridge, ha mostrado avances importantes en materia de combate al trabajo forzoso. Uno de ellos es la criminalización del trabajo forzoso, aprobada en 2017. Esto ha sido complementado con una serie de acciones para el fortalecimiento de capacidades de los operadores de justicia, para promover el acceso efectivo de las víctimas a la justicia.

Asimismo, Perú ha aprobado instrumentos para implementar la política pública contra el trabajo forzoso como el Protocolo Intersectorial contra el Trabajo Forzoso (2014) y el III Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso 2019-2022. El Plan es el resultado de un proceso con consulta tripartita a nivel nacional y local realizado con el acompañamiento técnico del Proyecto Bridge.

En materia de identificación de los casos, destaca la aprobación del Protocolo de Actuación Inspectiva de trabajo forzoso de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (2016); la conformación del Grupo Especializado de Inspección de Trabajo Forzoso; y la aprobación del Protocolo del Ministerio Público para la actuación de fiscales en la prevención, investigación y sanción de los casos de trabajo forzoso (2021).

Actualmente, la Comisión Nacional, con el apoyo de la OIT, viene desarrollando la primera encuesta de prevalencia de trabajo forzoso en Cusco, y ha iniciado el proceso para la formulación de la política nacional para prevenir y erradicar el trabajo forzoso. Asimismo, el Proyecto Bridge asistió técnicamente al Ministerio de Trabajo en el desarrollo de investigaciones para caracterizar el trabajo forzoso y en la formulación del primer piloto para promover la reinserción laboral de víctimas de trabajo forzoso y otras formas de esclavitud moderna.

Por tanto, la ratificación del Protocolo se presenta como una oportunidad para continuar y fortalecer las líneas de acción iniciadas por el Estado en la lucha contra el trabajo forzoso.