Madagascar intensifica su lucha contra la esclavitud moderna
29 junio 2019
En junio de 2019, Madagascar ratificó el Protocolo de la OIT sobre el trabajo forzoso, en virtud del cual los países deben adoptar medidas eficaces para evitar el trabajo forzoso, proteger a las víctimas del mismo y garantizarles acceso a la justicia, incluidas las indemnizaciones pertinentes.
Foto: Aurore Antoine
Madagascar ratificó el Protocolo sobre el trabajo forzoso de 2014, convirtiéndose en el 34º país en hacerlo. Madagascar ha demostrado su constante compromiso con la labor de la OIT y su Programa de trabajo decente, por medio de sus esfuerzos sostenidos para promover las normas internacionales del trabajo.
«Madagascar ratificó el Protocolo de 2014 del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) para avanzar de manera más eficaz con respecto a los principios y derechos fundamentales en el trabajo», declaró el Excmo. Sr. Andry Rajoelina, Presidente de Madagascar.
El mismo día, Madagascar ratificó otros cinco convenios de la OIT, en el marco de la conmemoración del Centenario de la OIT. Algunos abordan cuestiones relacionadas con el trabajo forzoso, en términos de prevención o protección de grupos vulnerables, en particular los convenios sobre los trabajadores migrantes, la negociación colectiva, las agencias de empleo privadas y las trabajadoras y los trabajadores domésticos.
«Me complace recibir estos seis instrumentos de ratificación, que ciertamente demuestran el fuerte compromiso de Madagascar en favor de las normas internacionales del trabajo», señaló el Sr. Guy Ryder, Director General de la Organización Internacional del Trabajo. «Estas ratificaciones son particularmente importantes y bienvenidas, ya que representan una contribución significativita a la Campaña de ratificación del Centenario «Uno cada uno».
Madagascar enmendó su código penal en 2008 para hacer frente a la trata de personas y al turismo sexual, y adaptó aún más su marco jurídico en 2015 mediante la adopción de una ley que facilita el enjuiciamiento de cualquier forma de trata de personas, incluyendo disposiciones sobre indemnización por perjuicios y protección de testigos y víctimas. El trabajo forzoso y las situaciones análogas a la esclavitud pueden sancionarse con penas de prisión de hasta cinco años y de diez años en los casos de venta de personas. En el marco de dicha ley también se estableció una Oficina nacional para la lucha contra la trata de personas, y en 2015 se aprobó un Plan nacional de lucha contra la trata de personas.
Por último, cabe destacar que Madagascar es un país pionero en alcanzar la Meta 8.7 para erradicar el trabajo forzoso, la esclavitud moderna, la trata de personas y el trabajo infantil. En el marco de un taller estratégico organizado en Antananarivo en octubre de 2018, las partes interesadas nacionales fijaron las actividades prioritarias y acordaron una hoja de ruta.